El Contrato de Depósito en Chile es aquel en que una persona denominada como depositante confía una cosa corporal a otra llamada depositario para que se encargue de guardarla y de restituirla en especie. Se caracteriza por ser un contrato “Real”, esto es, que se perfecciona por la entrega que el depositante hace de la cosa al depositario, y “Unilateral” ya que únicamente es el depositario quien se obliga -en este caso- a restituir la cosa.
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